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El bufete de abogados de Robert Wayne Pearce, P.A. presentó otra demanda contra UBS Financial Services Incorporated of Puerto Rico (UBS Puerto Rico). A continuación se presenta un resumen de las alegaciones que el reclamante hizo contra la empresa de corretaje con sede en Puerto Rico. Si usted o algún miembro de su familia recibió declaraciones engañosas similares y/o declaraciones engañosas de UBS Puerto Rico y sus corredores de bolsa o se encontró con una cuenta sobreconcentrada en fondos de bonos cerrados, o si pidió prestado dinero a UBS Puerto Rico y utilizó sus inversiones como garantía para esos préstamos, es posible que podamos ayudarlo a recuperar sus pérdidas. Comuníquese con nuestra oficina para una consulta gratuita sobre su caso.

I. INTRODUCCIÓN

Este arbitraje surge de una serie de recomendaciones inadecuadas por parte de los asesores financieros de UBS Puerto Rico para que la reclamante comprara y mantuviera una concentración excesiva de valores de Puerto Rico en su cuenta individual y en su cuenta de jubilación individual. La cartera de inversiones de la Demandante no estaba diversificada no sólo desde el punto de vista de la asignación de activos, sino que estaba excesivamente concentrada en valores emitidos en una única zona geográfica, es decir, Puerto Rico. La Demandada y sus representantes difundieron continuamente información falsa y engañosa a la Demandante sobre la naturaleza y el riesgo tanto de la estrategia de inversión como de los valores de sus cuentas. La Demandada y sus representantes no sólo cometieron fraude, sino que incumplieron sus obligaciones fiduciarias con la Demandante y fueron negligentes en el asesoramiento que le proporcionaron. UBS Puerto Rico tampoco supervisó de forma negligente a sus empleados. Por último, la Demandada ha ocultado fraudulentamente a la Demandante esta y otras conductas indebidas relacionadas con sus inversiones hasta hace poco. Como resultado de la mala conducta de la Demandada y sus representantes, la Demandante sufrió daños sustanciales en una cantidad que se determinará en la audiencia final de arbitraje.

II. LOS HECHOS RELEVANTES

La demandante tiene más de 62 años de edad. Es soltera y vive sola en San Juan, Puerto Rico. Es psicóloga clínica y tiene unos ingresos modestos. [1] La reclamante también depende de los ingresos obtenidos por una herencia de sus padres que fue depositada en sus cuentas de corretaje de UBS Puerto Rico: una cuenta de corretaje individual y una cuenta de jubilación. Durante el período pertinente, dos personas actuaron como sus corredores de bolsa de UBS Puerto Rico.

En 2002 y 2003, Claimant heredó lo que ella entendía como bonos y fondos mutuos de las cuentas PaineWebber de UBS de sus padres cuando éstos fallecieron. Basándose en sus conversaciones con sus corredores de bolsa, creía que las inversiones eran seguras y que generarían los ingresos que necesitaba para su mantenimiento. La demandante siempre fue una inversora pasiva y siempre escuchaba a sus corredores de bolsa. No hizo ningún negocio en su cuenta por su cuenta.

La demandante no conocía la verdadera naturaleza, mecánica o riesgo de las inversiones que había heredado y mantenido en su cuenta. Pensaba que en realidad poseía bonos que siempre pagaban intereses hasta su vencimiento. Ni UBS Puerto Rico ni sus corredores de bolsa de UBS Puerto Rico le dieron nunca una explicación completa del tipo de inversiones que poseía en sus cuentas de UBS Puerto Rico. Generalmente se referían a las inversiones como "fondos de bonos". La demandante no entendía que las inversiones en su cuenta eran fondos cerrados y lo que realmente poseía eran acciones de los fondos cerrados (como las acciones ordinarias) que sólo pagaban dividendos a discreción del gerente. No sabía que los llamados fondos de bonos eran inversiones apalancadas. Tampoco sabía que eran ilíquidos y que tal vez no se pudieran vender cuando necesitara dinero para su mantenimiento en alguna emergencia. La demandante no entendía que los llamados fondos de bonos eran inversiones muy arriesgadas.

En octubre de 2011, la demandante recibió un documento del UBS Puerto Rico solicitando que confirmara algunos datos de la cuenta. No entendió el propósito del documento pero vio las palabras "agresivo/especulativo" en el documento e inmediatamente llamó a uno de sus corredores de bolsa de UBS Puerto Rico. El reclamante le preguntó sobre el documento y por qué aparecían esas palabras. Dejó claro que era una inversora "conservadora" que quería inversiones que no fluctuaran para preservar sus inversiones. La demandante le dijo que las inversiones en sus cuentas representaban casi todo lo que ella poseía. Le recordó que no podía permitirse perder el capital de la cuenta que estaba generando los ingresos que necesitaba para su mantenimiento. El corredor de bolsa de UBS Puerto Rico le aseguró a Claimant que entendía lo que ella quería y que era un error administrativo que se corregiría.

En ese momento, la reclamante también quería las opiniones de su agente de bolsa de UBS Puerto Rico sobre cada bono y fondo de bonos de su cuenta. Quería saber si eran realmente inversiones "conservadoras" que no fluctuarían en valor y seguirían proporcionando los ingresos que necesitaba. Revisaron todos y cada uno de los valores de las cuentas. Discutieron cada uno de los llamados fondos de bonos. El corredor de bolsa de UBS Puerto Rico afirmó que cada uno de los llamados fondos de bonos tenía un "excelente historial" y que la dirección de UBS Puerto Rico los recomendaba encarecidamente. [2] El agente de bolsa de UBS Puerto Rico también le dijo a la demandante que los bonos y los denominados fondos de bonos estaban "protegidos por el gobierno"[3] El agente de bolsa le dijo a la demandante que los bonos de Puerto Rico y los denominados fondos de bonos eran exactamente lo que ella quería y necesitaba, es decir, que eran inversiones adecuadas.

Aproximadamente dos meses después, el reclamante recibió una confirmación de que la información del formulario anterior había sido modificada. Creía que la información del nuevo formulario era coherente con lo que creía que eran sus objetivos y su tolerancia al riesgo en relación con sus cuentas. La información clave de la confirmación era la siguiente:

Inversión - Producir ingresos corrientes

Ingreso anual - $48,000

Objetivos -

Valor neto - $350,000

Conocimientode las inversiones - Muy poco conocimiento

Riesgo/Retorno - Fluctuaciones menores

Porcentajede inversión - Más del 80%

Objetivos - Mantener el capital

Los activos que se mantienen en UBS -

Perfil de riesgo - Conservador

Y así, UBS Puerto Rico y el corredor de bolsa de UBS Puerto Rico entendieron claramente la baja tolerancia al riesgo del reclamante; en palabras del propio UBS Puerto Rico: el cliente "busca mantener el capital, con bajo riesgo y volatilidad a la cuenta en general, incluso si eso significa que la cuenta no genera ingresos o retornos significativos y puede no seguir el ritmo de la inflación".

En marzo de 2013, la Demandante escuchó algunos rumores sobre los bonos de Puerto Rico en los medios de comunicación y se puso en contacto con sus corredores de bolsa de Puerto Rico de UBS. Le dijeron "no se preocupe", es decir, "no se preocupe"; "no venda", es decir, "no venda", porque todos los bonos de Puerto Rico y los bonos de los llamados fondos de bonos que poseía "están protegidos por el gobierno de Puerto Rico", es decir, "están protegidos por el gobierno de Puerto Rico". Le dijeron a la Demandante que sólo había habido pequeñas fluctuaciones temporales en el valor, pero que no perdería ninguno de los ingresos o el capital de los bonos de Puerto Rico y los llamados fondos de bonos porque "están protegidos por el gobierno".

En ese momento, la reclamante también habló del gran saldo del préstamo como resultado de los retiros para obtener ingresos (principalmente cuando estaba desempleada). El saldo del préstamo había aumentado a más de $231.000 y ella estaba pagando una cantidad significativa de intereses a UBS Puerto Rico, aproximadamente $750 cada mes. La reclamante estaba trabajando de nuevo y le dijo a sus corredores de bolsa de UBS Puerto Rico que no se sentía cómoda debiendo tanto dinero a UBS Puerto Rico. Ella quería pagar el préstamo pero los corredores de bolsa de UBS Puerto Rico la disuadieron de hacerlo. Le decían que los ingresos que obtenía de los fondos eran mayores que los intereses que pagaba por el préstamo. No obstante, ella insistió en que se vendieran algunos de los bonos o los llamados fondos de bonos que tenía en su cuenta y que se pagara el préstamo en su totalidad. El agente de bolsa de UBS Puerto Rico le dijo que debía conservar el saldo de los llamados fondos de bonos porque eran inversiones "seguras" que generaban una gran cantidad de ingresos. Después de un mes de discusiones con sus corredores de bolsa de UBS Puerto Rico, se vendió un bono y aproximadamente $206,000 de los fondos de UBS Puerto Rico para pagar el préstamo y el saldo se retuvo en los llamados fondos de bonos ya que los corredores de bolsa de UBS Puerto Rico insistieron en que lo hiciera.[4]

Para junio de 2013, todo lo que quedaba en las dos cuentas de la Demandante eran inversiones en el Fondo Libre de Impuestos para Inversionistas de Puerto Rico, el Fondo de Renta Fija de Puerto Rico III, el Fondo de Renta Fija de Puerto Rico IV y el Fondo Blackrock MuniYield. Se aferró a los llamados fondos de bonos porque los corredores de bolsa de Puerto Rico del UBS le dijeron que lo hiciera.

En octubre de 2013, la Demandante se enteró de que el valor de los denominados fondos de bonos en su cuenta había disminuido considerablemente. Se puso en contacto con sus corredores de bolsa para obtener una explicación. El corredor de bolsa de UBS Puerto Rico intentó encubrir sus recomendaciones inadecuadas culpando al mercado de bonos municipales en general y a acontecimientos en los Estados Unidos, como la quiebra de Detroit, por la caída de los precios. El corredor de bolsa de UBS Puerto Rico guardó silencio sobre la crisis económica y política de Puerto Rico y la inminente calificación crediticia de los bonos basura de Puerto Rico. Hizo todo lo posible para apartarla de su mal consejo de concentrarse y mantener los fondos cerrados de Puerto Rico en su cuenta y culpar a otros por su negligencia. Hoy en día, todos esos llamados fondos de bonos valen más del 50% menos que cuando el corredor de bolsa de UBS Puerto Rico le dijo que no los vendiera sino que los "mantuviera". A la demandante se le ha dicho que no puede venderlos.

III. LA CONDUCTA ILÍCITA

Los llamados "fondos de bonos" que el Demandante poseía en un momento u otro eran en realidad cinco (5) de veintitrés (23) fondos cerrados de Puerto Rico (los "Fondos UBS"), a saber, Puerto Rico Investors Tax Free Fund, Inc.Puerto Rico Fixed Income Fund III, Inc.; Puerto Rico Fixed Income Fund IV, Inc.; Puerto Rico Tax Free Target Maturity Fund II, Inc.; Puerto Rico AAA Portfolio Target Maturity Fund, Inc. y Puerto Rico GNMA & U.S. Gov't Target Maturity Fund. Todas las carteras de inversión de los Fondos UBS se concentraron en bonos de Puerto Rico.

La red de fondos de UBS Puerto Rico se construyó durante muchos años. El plan de negocios de la firma de corretaje era dominar y controlar todos los aspectos del mercado crediticio de Puerto Rico. UBS Puerto Rico fue consultora del Banco Gubernamental de Fomento de Puerto Rico y del gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, aseguradora de bonos de Puerto Rico, emisora de los Fondos UBS, y controló el comercio del mercado secundario de los Fondos UBS. Los Fondos UBS se convirtieron en el depositario de muchos bonos de Puerto Rico que UBS Puerto Rico compró en relación con su negocio de suscripción. UBS Puerto Rico utilizó el apalancamiento para mejorar los rendimientos de los Fondos UBS y atraer a los inversores. La dirección del UBS Puerto Rico presionó a sus corredores para que vendieran y animaran a los inversores a conservar los fondos del UBS. Muchos corredores de UBS Puerto Rico alentaron a los inversores a tomar préstamos y, sin darse cuenta, duplicaron el riesgo de apalancamiento al que estaban expuestos. Se ha estimado que 9 de cada 10 inversores en Puerto Rico son propietarios de los Fondos UBS. En agosto de 2013, una serie de rebajas en la calificación de los mercados crediticios de Puerto Rico, malas noticias, concentración excesiva y llamadas de margen resultaron previsiblemente en el colapso del "castillo de naipes"; es decir, los Fondos UBS.

Las recomendaciones de los corredores de bolsa del UBS de Puerto Rico de que la Demandante "cambiara" y luego "mantuviera" el saldo de los fondos del UBS en su cuenta después de haber pagado el préstamo, momento en el que el riesgo de pérdida era mayor en la vida de las cuentas, violaban las normas de conducta de la FINRA 2110, 2111 (f/k/a 2310) y 2120, que establecen

2110. NORMAS DE HONOR COMERCIAL Y PRINCIPIOS DE COMERCIO

Un miembro, en la conducción de sus negocios, observará altos estándares de honor comercial y principios justos y equitativos de comercio.

2111. ADECUACIÓN

a) Un miembro o una persona asociada debe tener una base razonable para creer que una transacción o estrategia de inversión recomendada que implique un valor o valores es adecuada para el cliente, sobre la base de la información obtenida a través de la diligencia razonable del miembro o persona asociada para determinar el perfil de inversión del cliente. El perfil de inversión de un cliente incluye, entre otras cosas, la edad del cliente, otras inversiones, la situación y las necesidades financieras, la situación fiscal, los objetivos de inversión, la experiencia en materia de inversiones, el horizonte temporal de las inversiones, las necesidades de liquidez, la tolerancia al riesgo y cualquier otra información que el cliente pueda revelar al miembro o persona asociada en relación con dicha recomendación.

* * *2120. USO DE DISPOSITIVOS MANIPULADORES, ENGAÑOSOS U OTROS DISPOSITIVOS FRAUDULENTOS

Ningún miembro realizará ninguna transacción o inducirá a la compra o venta de ningún valor mediante ningún dispositivo o artilugio manipulador, engañoso o fraudulento.

Las continuas declaraciones falsas de que los Fondos UBS eran inversiones "seguras", "conservadoras" y de "bajo riesgo" para el Demandante constituyeron una violación de las Reglas de Conducta 2110 y 2120 de la FINRA. Los riesgos de concentración, de conflicto, de iliquidez y de apalancamiento de los Fondos UBS eran elevados y nunca fueron revelados al Demandante cuando el corredor de bolsa de UBS Puerto Rico le hizo recomendaciones de "cambiar" y luego de "mantener" los Fondos UBS. Además, los bonos de los "Fondos UBS" no estaban todos "constitucionalmente protegidos"[5] Por lo tanto, las acciones de UBS Puerto Rico y del corredor de bolsa de UBS Puerto Rico no sólo violaron las normas de honor comercial y los principios del comercio de FINRA, sino que también incluyeron el uso de dispositivos manipuladores, engañosos y fraudulentos.

En junio de 2013, el 99% de las cuentas del reclamante seguían invertidas en valores de "renta fija" y aproximadamente el 75% de esas inversiones estaban concentradas en una única área geográfica: ¡Puerto Rico! La recomendación de los Agentes de Bolsa de UBS Puerto Rico de que el Demandante "mantuviera" una cartera de valores excesivamente concentrada en una única área geográfica - Puerto Rico, incumplía la Regla de Conducta 2111 de la FINRA, la regla de idoneidad, una regla que se aplica desde hace tiempo a las "estrategias de inversión" recomendadas, incluidas las recomendaciones de "mantener".[6]

De conformidad con la norma 3010 de la FINRA, el UBS de Puerto Rico estaba obligado a diseñar e implementar un sistema razonable de supervisión para asegurar el cumplimiento de las leyes federales y de Puerto Rico, así como las normas de conducta de la FINRA y sus propias políticas y procedimientos. UBS Puerto Rico sabía que los fondos de UBS sólo eran adecuados "como partes de una cartera diversificada". Sin embargo, en ningún momento el personal de supervisión o de cumplimiento cuestionó la excesiva concentración de valores de Puerto Rico en la cuenta del reclamante. En cuanto a la información y la creencia, UBS Puerto Rico ni siquiera tenía ningún informe de excepción computarizado diseñado para detectar y prevenir la sobreconcentración de las inversiones de valores de Puerto Rico que se producía en la cuenta del Demandante y en otras cuentas de clientes de UBS Puerto Rico y, si lo tenía, ningún supervisor los revisaba ni tomaba ninguna medida para proteger a los clientes de la firma de corretaje. UBS Puerto Rico tampoco tomó nunca ninguna medida para revelar adecuadamente y detener el flujo de información errónea a los clientes sobre los fondos de UBS.

UBS Puerto Rico es responsable de sus propios errores y vicariamente responsable de los actos y omisiones de los corredores de bolsa de UBS Puerto Rico y sus otros empleados, agentes, representantes registrados o personas asociadas que participaron en la mala conducta descrita en este documento bajo la doctrina de respondeat superior y/o los principios de agencia real, aparente e implícita. La Demandada es responsable subsidiaria de la difusión continua por parte de los Agentes de Bolsa de UBS Puerto Rico de información falsa y engañosa sobre los Fondos UBS y de la mala gestión de la cuenta del Demandante al recomendarle que cambiara y luego mantuviera una cartera de valores de Puerto Rico excesivamente concentrada e inadecuada. UBS Puerto Rico también es directamente responsable por la tergiversación de los Fondos UBS, por no supervisar a los Agentes de Bolsa de UBS Puerto Rico y a sus otros agentes que gestionaron la cuenta del Demandante y por ocultar fraudulentamente la falta de liquidez y las demás conductas indebidas descritas anteriormente. Si la Demandada y sus empleados se hubieran adherido a los principios fundamentales de asignación de activos y hubieran recomendado una estrategia de inversión diversificada, el Demandante no se habría visto perjudicado. En consecuencia, el Demandado violó y/o es vicariamente responsable por las violaciones del Código de Conducta de la FINRA y de la Ley Uniforme de Valores de Puerto Rico y por el fraude de derecho común, el fraude constructivo, la tergiversación negligente, el incumplimiento del deber fiduciario, el incumplimiento de contrato, la gestión negligente, la supervisión negligente de sus empleados y la ocultación fraudulenta de su mala conducta.

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El bufete de abogados de Robert Wayne Pearce, P.A. entiende lo que está en juego en las disputas sobre los fondos de bonos cerrados de UBS Puerto Rico y trabaja duro para asegurar el mejor resultado posible para su caso. El abogado Pearce provee una revisión completa de su caso y explica completamente sus opciones legales. Toda la firma trabaja para asegurar que usted tenga toda la información necesaria para tomar una decisión sólida antes de que se tome cualquier acción en su caso.

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En 2008 y 2009, el demandante prestó dinero a un amigo. Durante el período de 2009 a 2011, el reclamante estuvo desempleado. El corredor de bolsa de UBS Puerto Rico la persuadió para que retirara fondos de una cuenta de préstamo con garantía prendaria en una filial de UBS Puerto Rico en lugar de vender las inversiones en su cuenta para generar los fondos que necesitaba para prestarle a su amiga y mantenerse.

2] En ningún momento el corredor de bolsa de UBS Puerto Rico mencionó a Claimant que le sería muy difícil vender los llamados fondos de bonos. Nunca le dijo que la alta gerencia siempre le había dicho a la fuerza de ventas que disuadiera a los inversionistas de vender acciones en los llamados fondos de bonos. Esos hechos se ocultaron fraudulentamente a la Demandante.

3] El corredor de bolsa de UBS Puerto Rico puede haber estado refiriéndose a las disposiciones no probadas de la Constitución de Puerto Rico, a saber, el Artículo VI, Secciones 2 y 6 (las "Disposiciones de Prioridad de Deuda Constitucional"), que posiblemente sólo proporcionó alguna protección a los tenedores de bonos de "Obligación General" de Puerto Rico con respecto al servicio de la deuda, solamente. Este asunto nunca ha sido tratado por el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

Los corredores de bolsa de UBS Puerto Rico nunca le dijeron que recibían créditos de compensación por todos sus clientes que mantenían saldos de préstamos. Afortunadamente, la Demandante no escuchó a sus agentes de bolsa de UBS Puerto Rico y pagó el préstamo porque sus pérdidas y el tamaño de su reclamación contra UBS Puerto Rico habrían sido mucho mayores de lo que son en este momento.

En 2013, sólo un pequeño porcentaje de los bonos de la cartera de la Demandante, los Bonos de Obligación General de Puerto Rico, podrían haber sido protegidos por esta disposición constitucional no probada. Los otros ni siquiera estaban discutiblemente cubiertos por la Constitución de Puerto Rico.

6] La frase "estrategia de inversión que implique un valor o valores" utilizada en la presente Regla debe interpretarse en sentido amplio e incluiría, entre otras cosas, una recomendación explícita de mantener un valor o valores.

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Robert Wayne Pearce

Robert Wayne Pearce of The Law Offices of Robert Wayne Pearce, P.A. has been a trial attorney for more than 40 years and has helped recover over $170 million dollars for his clients. During that time, he developed a well-respected and highly accomplished legal career representing investors and brokers in disputes with one another and the government and industry regulators. To speak with Attorney Pearce, call (800) 732-2889 or Contact Us online for a FREE INITIAL CONSULTATION with Attorney Pearce about your case.

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